
Verifactu se aplaza a 2027: qué cambia para tu clínica
Verifactu se aplaza a 2027, pero los requisitos técnicos y las sanciones siguen vigentes. Descubre qué cambia para tu clínica dental y qué preparar ya.
Si llevas meses oyendo hablar de Verifactu con la fecha de 2026 en la cabeza, hay una novedad importante que conviene aclarar antes de seguir: el calendario ha cambiado. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, ha aplazado un año la entrada en vigor de las nuevas exigencias de facturación electrónica. Pero aplazamiento no significa cancelación, y tampoco significa que convenga esperar hasta el último momento para revisar tu sistema de facturación.
¿Qué cambia con el aplazamiento de Verifactu a 2027 para las clínicas dentales?
El nuevo calendario amplía un año el plazo de adaptación: las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas adaptados el 1 de enero de 2027, y el resto de empresas y autónomos (muchas clínicas dentales entre ellos) dispondrán hasta el 1 de julio de 2027. Lo que no cambia son los requisitos técnicos exigidos ni el régimen sancionador, que siguen plenamente vigentes.
El nuevo calendario, con fechas concretas
Es el segundo aplazamiento del calendario original fijado por el Real Decreto 1007/2023. Las fechas iniciales eran el 1 de enero de 2026 (Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2026 (resto de empresas y autónomos). Ambas se han trasladado un año:
1 de enero de 2027: empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades. Si tu clínica está constituida como sociedad, esta es tu fecha límite.
1 de julio de 2027: resto de empresas y autónomos. Muchas clínicas dentales pequeñas operan bajo esta figura, así que conviene confirmar en cuál de los dos grupos encaja la tuya.
Si tienes dudas sobre cuál de las dos fechas aplica a tu caso concreto, tu asesoría fiscal es quien mejor puede confirmártelo: la forma jurídica exacta de tu clínica determina el plazo.
Lo que no cambia (y por qué importa)
El aplazamiento afecta al calendario, no al contenido de la norma. Esto es lo que sigue exactamente igual:
Los requisitos técnicos del Real Decreto 1007/2023 se mantienen intactos. Los sistemas de facturación deben garantizar integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
El régimen sancionador sigue vigente. Usar un programa no certificado o susceptible de alteración, cuando exista obligación de tener sistemas adaptados, puede suponer sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio fiscal. Para fabricantes o comercializadores de software que incumplan las especificaciones, las sanciones pueden alcanzar los 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema comercializado.
El aplazamiento no "aprueba" los programas que hoy no cumplen los requisitos. Un sistema de facturación no adaptado sigue siendo un sistema no adaptado, aunque el plazo legal para exigirlo llegue más tarde.
Los cuatro pilares técnicos de Verifactu
El sistema se apoya en cuatro elementos que deben funcionar de forma conjunta:
Registro de facturación inalterable, que impide modificar o eliminar cualquier factura sin dejar rastro.
Huella o hash encadenado, que vincula criptográficamente cada registro con el anterior para poder detectar alteraciones.
Código QR verificable, impreso en cada factura para validar sus datos.
Remisión automática de la información a la Agencia Tributaria, en la modalidad Verifactu propiamente dicha.
Por qué el margen adicional no es motivo para esperar
Tener hasta 2027 en lugar de 2026 es, sin duda, una buena noticia para cualquier clínica que todavía no había empezado a mirar este tema. Pero ese margen tiene más valor si se usa para revisar con calma, no para posponer la decisión otro año más:
Revisa qué programa usas hoy para facturar y si tu proveedor tiene previsto adaptarlo a las especificaciones exigidas, y en qué plazos.
Pregunta cómo se trasladarán tus datos si el cambio implica migrar de sistema, y cómo afectará a tus procedimientos internos de facturación.
Aprovecha esta revisión para plantearte qué más merece la pena modernizar. No es casualidad que muchas clínicas usen este tipo de revisiones normativas como el momento natural para repasar el resto de su software de gestión, incluida la documentación clínica.
Aprovecha la revisión de tu software para ir más allá de la facturación
Agent.Dentist no gestiona la facturación de tu clínica ni resuelve por sí mismo los requisitos de Verifactu: eso depende de tu programa de facturación y de tu asesoría. Pero si ya vas a revisar tu software con este motivo, es un buen momento para mirar también cómo documentas tus consultas. Si trabajas con Gesden G5, puedes comprobar cómo se integra automáticamente el Agente Clínico con tu historial en el artículo dedicado a esa integración.
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